¿Se puede o no se pueden agrupar productos para la elaboración del reporte de revisión anual de producto?
Como es sabido la NOM-059-SSA1-2015 en el punto 5.9.1.2 establece que “No se permite la agrupación de productos independientemente de que durante su producción se empleen procesos y equipos similares”. ¿Esto aplica a productos de la misma o diferente concentración con diferentes presentaciones o no?
En las empresas farmacéuticas o farmoquímicas en las que se ha implementado el sistema RAPSys© V2 hay una discrepancia en cuanto a la interpretación de este punto de la norma. Algunas empresas están creando los reportes de revisión anual de producto por presentación y otras están agrupando los productos con una misma concentración aunque se comercialicen en diferentes presentaciones farmacéuticas.
Hemos acudido con algunas empresas de consultoría que se dedican a dar capacitación a empresas farmacéuticas e incluso entre este tipo de empresas existe la discrepancia. Así que nosotros como empresa no nos atrevemos a dejar algo como una verdad absoluta.
Lo que si hicimos fue considerar ambas modalidades en nuestro software para la revisión anual de producto RAPSys© V2. Así que estas empresas que ya lo han adquirido tienen ambas opciones. Generar un reporte agrupado por diferentes presentaciones o generar un reporte por cada presentación, todo esto sin re-capturas, ni trabajo extra.
Así que la interpretación de la norma dependerá del auditor de la agencia regulatoria que llegue a la empresa farmacéutica.
Te invitamos a que si ya has sido auditado respecto a este punto puedas compartir tu experiencia o punto de vista.
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